Fracción XXXV , INFORMACIÓN PODER EJECUTIVO | |
Unidad Generadora | Última Actualización |
Dirección de Planeación Unidad de Acceso | Enero 2016 |
Adicionalmente, el Poder Ejecutivo deberá publicar en Internet la siguiente información: Las estadísticas e indicadores de gestión de la procuración de justicia; En materia de averiguaciones previas: estadísticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuáles se ejercitó acción penal, para cuáles se decretó el no ejercicio, cuáles se archivaron y los recursos de queja interpuestos; El listado de expropiaciones por causa de utilidad pública; El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de la Ley respectiva; y La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas responsabilidad de cada dependencia y entidad |
No aplica (incisos a, b, c y d)Acuerdo CG/SE-73/27/02/2009 |